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Título : La saturación de la admnistración de justicia ordinaria por conocer y resolver causas constitucionales a cargo de los jueces de primera y segunda instancia
Autor : Guilcapi Vásquez, Jenniffer Isabel
metadata.dc.contributor.advisor: Martínez Hernández, Mario
Palabras clave : Administración de justicia;Juez;Instancia;Seguridad jurídica
metadata.dc.rights: openAccess
metadata.dc.rights.uri: http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/
Fecha de publicación : 2019
Editorial : Guayaquil: ULVR, 2019.
metadata.dc.language.iso: spa
Citación : Guilcapi Vásquez, Jenniffer Isabel (2019). La saturación de la admnistración de justicia ordinaria por conocer y resolver causas constitucionales a cargo de los jueces de primera y segunda instancia. Guayaquil. ULVR. Facultad de Ciencias Sociales y Derecho Carrera de Derecho. 154 p.
metadata.dc.format.extent: 154 p.
Resumen : La presente investigación planteada fue con el objetivo de demostrar que los jueces ordinarios, de primera y segunda instancias, que por sorteo se convierten en jueces constitucionales, descuidan la administración de justicia por cuanto estos jueces de justicia ordinaria dejan a un lado sus causas de planta, para solucionar de manera acelerada como lo dispone la ley, causas constitucionales llegándose a saturar la administración de justicia. Así mismo, se configuró una reseña histórica, instrumento que nos ha servido para afianzar conocimientos acerca de las Garantías Jurisdiccionales; en que momento se las implementa en nuestra Constitución, como se manejaban a través de la historia y además hemos podido observar que con la Constitución de la República del 2008, se implementa el Capítulo de las Garantías Jurisdiccionales, en su artículo 86, dando un espíritu diferente a la ley, en el cual nos indica la forma de manejar estas acciones de causas Constitucionales y es en este mismo artículo que también nos indica que jueces son competentes para tramitar estas causas constitucionales………
Descripción : This raised research was in order to demonstrate that the ordinary judges of first and second instances, that draw become constitutional judges, neglect the administration of justice by how much these judges of Justice ordinary leave aside their causes of plant, to solve quickly as law, causes constitutional to saturate the administration of Justice. Also added a brief history, instrument that has served to strengthen knowledge about judicial guarantees; at that time deployed in our Constitution, as they were handled through the history and also we have seen that with the Constitution of 2008, implements the hapter of the judicial guarantees, in its article 86, giving a spirit different from the law, in which tells us how to handle these causes constitutional actions and in this same article that also indicates us that judges are competent to deal with these constitutional causes…....
URI : http://repositorio.ulvr.edu.ec/handle/44000/2787
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