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Título : Violación al principio del doble conforme en el proceso contencioso administrativo y creación de organismo estatal resolutorio para el recurso de apelación
Autor : Valdivieso Riofrío, Marcos Andrés
metadata.dc.contributor.advisor: García Lara, María Elena
Palabras clave : Sentencia;Defensa;Administración pública;Administración de justicia
metadata.dc.rights: openAccess
metadata.dc.rights.uri: http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/
Fecha de publicación : 2022
Editorial : Guayaquil: ULVR, 2022.
metadata.dc.language.iso: spa
Citación : Valdivieso Riofrío, Marcos Andrés (2022). Violación al principio del doble conforme en el proceso contencioso administrativo y creación de organismo estatal resolutorio para el recurso de apelación. Guayaquil. ULVR. Facultad de Ciencias Sociales y Derecho Carrera de Derecho. 111 p.
metadata.dc.format.extent: 111 p.
Resumen : En el Ecuador los conflictos legales que se llevan por medio de los distintos procesos estipulados en la norma, tienen lo posibilidad de ser apelados gracias a la existencia del principio del doble conforme, es decir la oportunidad a una segunda instancia donde se otorga la opinión de un juez de alzada respecto al fallo emitido por un juez de primera instancia. Este derecho de recurrir al fallo lo encontramos estipulado en la norma suprema, la Constitución en el artículo 76 literal m. siendo este mismo una garantía que respalda la seguridad jurídica de los ciudadanos contra los fallos ineficientes, ambiguos o viciados. Sin embargo, en el proceso contencioso administrativo este derecho se ve negado a causa de la falta de la existencia de jueces de segunda instancia causando la violación al principio de la doble instancia........
Descripción : In Ecuador, the legal conflicts that are carried out through the different processes stipulated in the norm, have the possibility of being appealed thanks to the existence of the principle of double conformed, that is, the opportunity to a second instance where the opinion of a judge of appeal regarding the ruling issued by a judge of first instance. We find this right to appeal to the ruling stipulated in the supreme rule, the Constitution in article 76 literal m. this being a guarantee that supports the legal security of citizens against inefficient, ambiguous or flawed rulings. However, in the contentious-administrative process, this right is denied due to the lack of existence of second instance judges, causing the violation of the double instance principle............
URI : http://repositorio.ulvr.edu.ec/handle/44000/5617
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